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29 de julio de 2026 · 4 min

Certificado de deuda en comunidades de propietarios: qué es y cómo hacerlo

El certificado de deuda es el punto de partida de cualquier reclamación contra un moroso en una comunidad de propietarios. Sin él, el juzgado no admitirá tu solicitud de monitorio. Aquí te explicamos exactamente qué debe incluir y cómo obtenerlo.

¿Qué es el certificado de deuda?

Es un documento oficial emitido por el presidente o secretario de la comunidad que acredita que un propietario concreto mantiene una deuda pendiente por cuotas de comunidad impagadas. Tiene valor probatorio ante los tribunales.

El artículo 21 de la Ley de Propiedad Horizontal lo exige expresamente como documento que debe acompañar a la solicitud de proceso monitorio.

¿Quién puede firmarlo?

El presidente o el secretario de la comunidad. En comunidades con administrador de fincas, suele firmarlo el administrador en nombre del secretario. En comunidades autogestionadas, lo firma el presidente.

No es necesaria la firma de todos los propietarios ni una votación específica para emitirlo. Basta con la firma de quien ostenta el cargo.

¿Qué debe incluir?

  • Nombre completo y NIF de la comunidad de propietarios
  • Nombre completo y NIF del propietario deudor
  • Identificación del inmueble (piso, puerta, planta)
  • Importe exacto de la deuda en euros
  • Período al que corresponde el impago
  • Referencia a que las cuotas fueron aprobadas en Junta
  • Firma del presidente o secretario y fecha

¿Hace falta notario?

No. El certificado de deuda de una comunidad de propietarios no requiere notarización. La firma del presidente o secretario es suficiente para tener validez legal ante el juzgado.

¿Cómo obtenerlo?

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